Código de ética

Código de ética


El Laboratorio de Ensayo ARGA LAB se compromete a dar cabal cumplimiento al Código de Ética que la EMA tiene vigente, el cual contiene entre otras obligaciones las siguientes:

  • 1. Las partes se comprometen a que, en el desempeño de sus funciones, sus asociados, socios, administradores, directivos, empleados, representantes o agentes cumplirán con las leyes, los reglamentos y demás disposiciones jurídicas que les sean aplicables y quien, en todo momento de manera justa e imparcial, con integridad, rectitud y honestidad, y en ninguna circunstancia cometerán actos de corrupción.
  • 2. Las partes realizarán sus actividades de manera objetiva, competente, profesional, de acuerdo con la normatividad aplicable, las mejores prácticas, conforme a los más altos estándares de la ética y estrictamente dentro de los alcances de la acreditación y la aprobación (cuando aplique) y/o la autorización que les fue otorgada. Y no ofrecerán ni prestarán servicios en áreas o materias respecto de las cuales se les haya suspendido o cancelado la acreditación y/o la aprobación, así como la autorización en su caso, mientras éstas no se restituyan.
  • 3. Las partes se comprometen a no emitir certificados, dictámenes, actas, informes o cualquier otro documento:
    • a) respecto a bienes, servicios, procesos, métodos, sistemas o prácticas comerciales, industriales o de servicios que no haya evaluado y/o acreditado, o que haya evaluado de manera incompleta;
    • b) que no reflejen los resultados objetivos y correctos de la evaluación;
    • c) que no se apeguen a las normas o procedimientos de evaluación de la conformidad aplicables.
    • d) de los que tenga conocimiento que se basen en documentos falsos, apócrifos o alterados, o en información falsa, incorrecta o incompleta;
    • e) que tenga conocimiento que contienen información falsa o errónea;
  • 4. Las partes reconocerán que no entregarán sellos, hologramas, distintivos o cualquier tipo de marca que indique o sugiera el cumplimiento con normas oficiales mexicanas, normas mexicanas, normas o lineamientos internacionales o de otros países, o cualesquier otros requisitos o especificaciones, a menos que hayan evaluado la conformidad con el o los productos, servicios, procesos, métodos, sistemas o prácticas comerciales, industriales o de servicios en cuestión y los resultados sustenten debidamente el cumplimiento o la conformidad con tales instrumentos, requisitos o especificaciones.
  • 5. Las partes ofrecerán sus servicios con integridad, honestidad y de manera no discriminatoria, y llevarán a cabo sus actividades únicamente a través del personal calificado, capacitado y, cuando corresponda, debidamente aprobado.
  • 6. Las partes ofrecerán a sus clientes, clientes potenciales, usuarios y al público en general información veraz y exacta sobre su competencia técnica, capacidades, alcances de la acreditación y aprobación o, en su caso, de la autorización cuando sea aplicable, que les hayan sido conferidas, incluso al participar en licitaciones públicas u otro tipo de concursos. Y no incurrirán en prácticas fraudulentas o que puedan inducir a error al consumidor, a sus clientes o a clientes potenciales, a las autoridades o a otras personas que puedan basarse o confiar en sus certificados, dictámenes, actas, informes o cualquier otro documento o información, o en los resultados de sus evaluaciones.
  • 7. Los clientes se comprometen a competir en el mercado de forma leal, de acuerdo con los más altos estándares éticos, con integridad, honestidad y transparencia, y de acuerdo con las mejores prácticas, propiciando en todo momento una sana competencia y libre concurrencia.
  • Con su conducta y su desempeño demostrarán que detrás del símbolo “EMA”, hay un organismo de evaluación de la conformidad que juega limpio, es confiable, técnicamente competente y actúa con transparencia y lealtad en apego a las disposiciones aplicables.
  • 8. El cliente reconoce que no descalificará ni difamará a la entidad mexicana de acreditación a. c., ni a las autoridades.
  • 9. Las partes se comprometen a no difamar a organismos de evaluación de la conformidad acreditados ni hacer declaraciones falsas o engañosas sobre ellos. Cualquier declaración sobre otros organismos de evaluación de la conformidad acreditados deberá estar basada en datos actuales, exactos y verificables.
  • 10. Las partes reconocen que los registros y la información que mantengan de sus clientes y usuarios estarán basados en registros precisos, completos y fidedignos. Observarán las disposiciones aplicables en materia de privacidad de la información y protección a los datos personales.
  • 11. Las partes acuerdan que sus asociados, socios, administradores, directivos, empleados, representantes o agentes evitarán situaciones que ocasionen o puedan ocasionar un conflicto de interés.
  • 12. El cliente se compromete a proporcionar de manera oportuna a la autoridad competente y a la entidad mexicana de acreditación a. c., los informes documentos y demás información que le sea requerida, y brindar todas las facilidades para que realicen sus funciones de verificación y vigilancia.
  • 13. El cliente se compromete a informar de manera oportuna y veraz a la entidad mexicana de acreditación a. c. y, cuando corresponda, a la autoridad competente, cuando disminuyan sus recursos o la capacidad necesaria para desempeñar sus funciones de evaluación de la conformidad, así como cuando deje de cumplir con las condiciones conforme a las cuales les fue otorgada la acreditación o, en su caso, la aprobación.
  • 14. Las partes reconocen que sus asociados, socios, administradores, directivos, empleados, representantes y agentes en ningún momento y de ninguna manera obligaran, presionarán o inducirán de cualquier forma a su personal a que cometa cualquier acto que pudiera ser contrario a este Código de Ética y le informarán que debe oponerse a realizarlo y que debe denunciar dicha situación ante la entidad mexicana de acreditación a. c o ante la autoridad competente.
  • 15. Las partes se comprometen a denunciar a la Comisión de Ética de EMA a través de la dirección de correo electrónico EMA.denuncia@EMA.org.mx o al teléfono 01800 022 29 78 o al (55) 9148 43 00 opción 5, o a la autoridad competente, cualquier violación a este Código. Sustanciar sus alegatos en pruebas objetivas que presentarán a la Comisión de Ética de EMA, y/o a la autoridad competente, junto con la denuncia que corresponda.
  • 16. Cuando alguna de las partes tenga pruebas de que cualquiera de sus asociados, socios, administradores, directivos, empleados, representantes o agentes, o quienes lo hubieran sido han cometido un delito o cualquier ilícito o irregularidad, iniciará las acciones legales que correspondan.
  • 17. Las partes pondrán a sus asociados, socios, administradores, directivos, empleados, representantes y agentes en conocimiento de este Código de Ética y les brindarán oportunidades apropiadas para que puedan capacitarse en esta materia y se comprometan a cumplirlo.





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